A raíz de una solicitud de la Comisión Europea, el Comité Científico sobre Salud, Medio Ambiente y Riesgos Emergentes (SCHEER) emitió el dictamen preliminar sobre la necesidad de una revisión de los anexos en la Recomendación del Consejo 1999/519/CE y la Directiva 2013/35/UE, a la vista de las últimas evidencias científicas disponibles con respecto a la radiofrecuencia (100kHz - 300GHz).

En este documento, el SCHEER aconseja positivamente sobre la necesidad de una revisión técnica de los anexos de la mencionada normativa con respecto a los campos electromagnéticos de radiofrecuencia, debido a los avances tecnológicos y las aplicaciones inalámbricas emergentes, especialmente en el extremo superior de el espectro de radiofrecuencias (ondas milimétricas), exigen la introducción de límites a las nuevas magnitudes dosimétricas.

De acuerdo con los Procedimientos de Diálogo de las Partes Interesadas, el Comité Científico buscó los comentarios de la comunidad científica y las partes interesadas sobre esta Opinión Preliminar, un proceso en el que el Comité científico Asesor en Radiofrecuencias y Salud (CCARS) participó activamente enviando aportaciones, comentarios y sugerencias.

Como resultado de la consulta, y una vez analizadas e incluidas las sugerencias oportunas, la Comisión Europea y el SCHEER han emitido y publicado la Opinión Definitiva sobre la necesidad de una revisión de los anexos en la Recomendación del Consejo 1999/519/CE y la Directiva 2013/35/UE.

En este sentido, con base en la evidencia científica disponible, el SCHEER ha considerado varios recursos basados en la ciencia, entre ellos el promovido por el CCARS, después de la publicación de la Opinión SCENIHR sobre los posibles efectos en la salud de la exposición a campos electromagnéticos (EMF) de radiofrecuencia (RF) en 2015; en la que señala que existe un peso incierto de las pruebas de los mecanismos de interacción en los estudios in vitro, que implican el equilibrio oxidativo, los efectos genéticos y epigenéticos y la señalización del calcio que pueden dar lugar a efectos biológicos.

El Comité no pudo identificar un nivel de evidencia moderado o fuerte de efectos adversos para la salud resultantes de la exposición crónica o aguda a CEM de RF de la tecnología existente a niveles por debajo de los límites establecidos en los anexos de la Recomendación del Consejo 1999/519/EC y la Directiva 2013/35/EU; al tiempo que
ha tomado nota del progreso técnico logrado desde las directrices de exposición de ICNIRP (1998) en las áreas de dosimetría y evaluación de exposición computacional y experimental, lo que permite una evaluación más precisa de la exposición humana.

También ha señalado que las aplicaciones inalámbricas nuevas y emergentes que utilizan RF EMF tienden a utilizar frecuencias más altas y una potencia emitida más baja en las proximidades del cuerpo humano. Sin embargo, hay situaciones en las que el enfoque del haz o la radiación pulsada intensa pueden aumentar la exposición durante períodos breves. En este sentido, el SCHEER reconoce que las últimas pautas de exposición ICNIRP (2020) introducen nuevas cantidades dosimétricas para proteger a los humanos de manera más efectiva de las aplicaciones tecnológicas emergentes de RF EMF, y por lo tanto, aconseja positivamente sobre la necesidad de una revisión técnica de los anexos mencionados con respecto a los campos electromagnéticos de radiofrecuencia (100 kHz a 300 GHz).

La Recomendación del Consejo de 12 de julio de 1999 sobre la limitación de la exposición del público en general a los campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz) establece restricciones básicas y niveles de referencia para la exposición del público en general a los campos electromagnéticos (CEM). Estas restricciones y niveles de referencia se basan en las pautas publicadas por la Comisión Internacional sobre Protección contra la Radiación No Ionizante en 1998 (ICNIRP).

El artículo 153 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea establece que el Parlamento Europeo y el Consejo pueden mejorar y proteger la salud y la seguridad de los trabajadores en el entorno laboral; y pueden hacerlo adoptando los requisitos mínimos de la directiva y apoyando y complementando las actividades de los Estados miembros.

Así las cosas, ICNIRP publicó nuevas pautas para proteger a los humanos expuestos a campos electromagnéticos de radiofrecuencia en marzo de 2020; y si bien las pautas de 1998 ya brindan información sobre la protección contra la exposición a EMF en todas las bandas de frecuencia para las tecnologías existentes y todas las bandas actualmente previstas para la tecnología 5G, las nuevas pautas brindan información adicional y una orientación sobre un conjunto de temas relevantes para los últimos desarrollos en tecnología 5G y cubre el rango de 100 kHz a 300 GHz.

Las Direcciones de Salud y Seguridad Alimentaria (SANTE), Redes de Comunicaciones, Contenidos y Tecnología (CNECT), Empleo (EMPL) e Investigación e Innovación y Desarrollo (RTD) de la Comisión, consultaron al SCHEER para cumplir con su misión de determinar si las nuevas directrices ICNIRP repercutiría en la legislación vigente de la UE.

De esta manera, se solicitó la necesidad de una revisión técnica de los anexos de la Recomendación del Consejo 1999/519/CE y de los anexos de la Directiva 2013/35/UE en vista de la última evidencia científica disponible, en particular las directrices ICNIRP actualizadas en 2020 sobre radiofrecuencia. (100 kHz a 300 GHz).

Fue entonces cuando se abrió una consulta pública sobre la versión preliminar del Dictamen en el sitio web de los Comités Científicos del 22 de agosto de 2022 al 25 de septiembre de 2022. Fue a partir de entonces cuando un total de cuarenta organizaciones, entre las que destacó el CCARS español y varias personas participaron en esta consulta pública, proporcionando aproximadamente 250 contribuciones y comentarios sobre diferentes capítulos y subcapítulos de la Opinión.

El SCHEER consideró detenidamente cada comentario y referencia presentados durante el período de consulta y, cuando correspondía, editó el texto o brindó más explicaciones debido a este aporte. A partir de ahí, se actualizó la literatura con publicaciones relevantes enviadas a través de la consulta pública, y se clarificaron y fortalecieron la justificación científica y las secciones de Opinión.

* Resultado de la consulta

* Dictamen del SCHEER sobre la necesidad de una revisión de los anexos de la Recomendación del Consejo 1999/519/CE y la Directiva 2013/35/UE